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HECHO EN QUINTANA ROO. MAS QUE UNA MARCA.

HECHO EN QUINTANA ROO. MAS QUE UNA MARCA.


En el mes de enero del presente año, se dieron cita en Chetumal, Quintana Roo diversas autoridades estatales y el Lic. Miguel Angel Margaín, Director General del  Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para anunciar el lanzamiento de la marca “HECHOEN QUINTANA ROO con la finalidad de distinguir los productos fabricados o producidos en esta entidad, frente a productos provenientes de otros lugares del país y del extranjero.

El objetivo de conformidad con lo allí declarado y difundido por las propias dependencias de gobierno es el de fortalecer el mercado interno, fomentando el consumo de los productos locales para favorecer el crecimiento de empresas locales que generen empleos, y a la vez, generar a partir de una marca la identidad quintanarroense que tanto se añora.

Sin embargo, lejos del lenguaje político y en un mero ejercicio de análisis jurídico especializado en propiedad industrial, es importante analizar temas de trascendencia que se dejan de lado y que incluso con desdén se omiten, independientemente de su importancia para el sistema de signos distintivos adoptado por México.

Primeramente considero necesario aclarar que no existe en la base de datos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, ninguna marca que se denomine “HECHO EN QUINTANA ROO”, debido a que por su contenido esa marcas e imposible de registrar en México, derivado de lo dispuesto por el artículo 90 en su fracción IV de la Ley de la Propiedad Industrial que prohíbe el registro de marcas descriptivas, tal como se observa a continuación:

“Artículo 90.- No serán registrables como marca:
IV.- Las denominaciones, figuras o formas tridimensionales que, considerando el conjunto de sus características, sean descriptivas de los productos o servicios que traten de protegerse como marca. Quedan incluidas en el supuesto anterior las palabras descriptivas o indicativas que en el comercio sirvan para designar la especie, calidad, cantidad, composición, destino, valor, lugar de origen de los productos o la época de producción;”


En una sencilla interpretación literal podemos entender que el término “HECHO EN QUINTANA ROO” describe el lugar de origen de los productos que se amparen con dicha denominación, razón por la cual, se optó por solicitar marcas gráficas o figurativas, es decir, aquellas en las que se protegen meramente los diseños gráficos y no así su contenido conceptual, esto es, que las marcas no tienen nombre y son meramente imágenes.





Sin embargo, después del primer revés recibido por causa de la falta de conocimiento marcario; sucedió algo muy interesante, ya que dichas marcas lejos de ser signos distintivos que puedan generar la identidad de un pueblo, se convierten en dos distintas figuras reconocidas en diversos tratados internacionales pero no así en la Ley específica, lo que dota a dicha marca de una novedad sin precedentes.

  •           Marca de Certificación de Calidad. La marca término “HECHO EN QUINTANA ROO” es más que un signo distintivo. Es la práctica una #MARCADECERTIFICACIÓN ya que va a ser utilizada por aquellos empresarios que cumplan ciertas condiciones de calidad y de origen de sus productos o servicios, tal como sucede con los distintivos H y M que otorga el gobierno federal.

  •       Indicación de Procedencia. Existen tratados internacionales que reconocen denominaciones de origen e indicaciones geográficas, dentro de las cuales se encuentran las indicaciones de procedencia que vinculan a un producto con una región, sin estar necesariamente ligado a los aspectos naturales como las denominaciones de origen.





En este orden de ideas, así como el burro que tocó la flauta, los promotores de esta marca local se han integrado sin querer y sin saber, a un esquema de protección contenido en diversos textos internacionales de propiedad intelectual y ratificados por México, razón por la cual, sería muy provechoso para el Estado el pretender obtener tales títulos motivando la aplicación del control de la convencionalidad y difuso de la constitucionalidad, a efecto de sumar mayores valores intangibles para esta entidad federativa que a la fecha suma una gran cantidad de marcas turísticas y una de las solo 14 denominaciones de origen mexicanas, como es la del chilehabanero.



Para mayores informes contacte aquí, en este enlace o en este otro.



PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL. DERECHOS RESERVADOS POR EL AUTOR  2013.





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